Archivo de Indias en Sevilla. Registro de
Reales Cédulas, Legajo 2º
EL Rey, a nuestros oficiales de la Casa de
Contratación de las Indias que residís en la ciudad de Sevilla: Ya sabeis como
conforme al asiento que mandé tomar con Fernando de Magallanes e Rui Falero,
caballeros de la Orden de Santiago, nuestros capitanes de la armada que
mandamos facer para descubrir, han de ir en la dicha armada doscientos e
treinta e cinco hombres, e porque como se hace cuenta destos en los bastimentos
e en las otras cosas, si fuesen mas sería inconveniente. Yo vos mando que no
consintais ni deis lugar que vayan en la dicha armada, por ninguna causa que
sea, mas de los dichos doscientos e treinta e cinco hombres, conforme a lo que
así está asentado con ellos, antes si a vosotros y a los dichos capitanes vos
pareciere que bastará para enviar al dicho viaje alguna gente menos de los
dichos doscientos e treinta e cinco hombres, quiteis de ellos los que vierdes
que buenamente se podrán escusar de manera que no hagan falta para lo que es
menester, e toda la gente de mar que ha de ir en la dicha armada se reciba e
sea a parecer del dicho nuestro capitán Fernando de Magallanes, por cuanto
tiene de esto más expiriencia.
Asimismo ya sabéis cómo los dichos capitanes
han de declarar la derrota que han llevar en el dicho viaje. Yo vos mando que
la recibáis dellos por escrito, e conforme a ella hagais vosotros e los dichos
capitanes una instrucción en que se declare la dicha derrota con todos los
regimientos de altura que los dichos capitanes saben para el dicho viaje, e lo
mostreis todo a los pilotos que han de ir en la dicha armada, e deis a cada uno
treslado de la dicha Instrucción, firmada de vuestros nombres e de los dichos
capitanes, para que aquello guarden e cumplan sin que haya ninguna falta.
Asimismo, el dicho Fernando de Magallanes,
nuestro capitan, me ha hecho relación que está fecha mas polvora de la que ha
menester para el dicho viaje, e pues aquella podrá servir para otras cosas. Yo
vos mando que tomeis la pólvora que le sobrare e hobiere demasiada, e que la
pagueis al precio que le hobiere costado, e estará en esa Casa para lo que
adelante fuere menester, e asimismo recibid toda la otra munición e armas, e
otras cosas que no hobiere menester, e las tened para vuestro servicio e pagad a los dichos
capitanes lo que les hobiere costado lo que así dejaren; e como por otras mis
cartas vos he escrito, recibiré agradable servicio que en todo les deis muy
buen recabdo, e que trabajeis que con la bendición de Nuestro Señor partan para
el tiempo que envio a mandar, e antes si antes pudiere ser. De Barcelona, a
cinco días del mes de mayo de mil quinientos diez y nueve años.
Yo el Rey.
Por mandado del Rey: Francisco de los Cobos.
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